Las actas del Honorable Concejo Deliberante son documentos oficiales que registran detalladamente el desarrollo de cada sesión, reflejando las deliberaciones y decisiones que impactan en la comunidad. Desde su primera sesión en 1922, el Concejo ha preservado meticulosamente estas actas, encuadernándolas año tras año como testimonio de su labor legislativa.
¿Qué es un acta?
Un acta es la transcripción completa y fiel de lo acontecido durante una sesión del Concejo Deliberante. Sirve como registro legal y público de los temas tratados, las discusiones sostenidas y las resoluciones adoptadas. Su elaboración y conservación son fundamentales para garantizar la transparencia y la continuidad institucional.
Contenido de las actas
Según el reglamento interno del Concejo, las actas deben incluir:
- Asistencia: Nombres de los concejales presentes, ausentes con aviso, sin aviso o con licencia.
- Detalles de la sesión: Hora de inicio y lugar de realización.
- Revisión de actas anteriores: Observaciones, correcciones y aprobación correspondiente.
- Asuntos tratados: Listado de comunicaciones, proyectos presentados y las resoluciones que hayan generado.
- Desarrollo de debates: Secuencia y forma de discusión de cada tema, incluyendo los argumentos expuestos.
- Decisiones finales: Resoluciones adoptadas por el Concejo en cada asunto, redactadas con claridad.